Desde el 4 de noviembre de 2026, toda persona que embarca rumbo a Estados Unidos firma una declaración del CDC: no ha estado en la República Democrática del Congo (RDC) en los 21 días anteriores. Es válida hasta el 18 de diciembre de 2026, a las 23:59 EST como máximo, salvo que el CDC la levante o la modifique antes.
Verificado el en las fuentes oficiales citadas.
Si su próximo vuelo sale hacia Estados Unidos, prevea un formulario más antes del embarque. Desde el 4 de noviembre de 2026, el Centers for Disease Control and Prevention (CDC) exige una declaración de no presencia en la RDC a toda persona que suba a un avión con destino al territorio estadounidense, sea cual sea su nacionalidad. Esta página explica quién firma, desde cuándo, cómo, qué puede impedir el embarque y lo que los textos todavía no aclaran.
Quién debe firmar la declaración

Toda persona que toma un avión hacia Estados Unidos
La versión modificada de la orden, firmada el 28 de octubre de 2026, sustituye la palabra «passenger» por «person»: la obligación ya no afecta solo a los pasajeros, sino a toda persona que embarca. El texto no distingue según la nacionalidad. Un ciudadano estadounidense, un residente permanente con tarjeta verde o un viajero español que nunca ha estado en África debe firmar, en cuanto su vuelo tenga como destino Estados Unidos.
- Los pasajeros de todo vuelo internacional con destino a Estados Unidos, incluidos los que salen de Madrid, Barcelona, Sevilla o Valencia.
- Los miembros de la tripulación, incluso en vuelo de posicionamiento no operativo («deadhead»), según el aviso federal 2026-22211.
- Los vuelos de aviación de negocios, aviación general y privada, los vuelos de carga y los vuelos de control fronterizo previo (pre-clearance): el texto de la orden y del aviso también los contempla.
- Los niños, cada uno con su propia declaración, firmada por un padre, una madre, un tutor o un representante autorizado.
- Las conexiones: un vuelo de Madrid a México con escala en Nueva York está incluido, porque la regla abarca los vuelos que transitan por Estados Unidos «en route to another country».
Si su estancia empieza en Nueva York, una visita guiada de un día le da una primera idea de la ciudad.
Lo que puede impedirle embarcar

El cómputo de los 21 días
La regla no depende de su nacionalidad, sino de su presencia en la RDC. El día en que sale del país es el día 0. El primer día completo fuera de la RDC es el día 1, y el embarque hacia Estados Unidos solo está permitido a partir del día 22. Salir del país no basta: hay que dejar pasar esos 22 días antes de subir a un avión con destino a Estados Unidos.
La tabla siguiente aplica este cómputo a tres fechas de salida de la RDC.
| Día de salida de la RDC (día 0) | Primer embarque posible (día 22) | Lectura |
|---|---|---|
| 1 de noviembre de 2026 | 23 de noviembre de 2026 | Salir de la RDC no basta: hay que esperar al día 22. |
| 15 de noviembre de 2026 | 7 de diciembre de 2026 | Un viaje previsto para diciembre puede seguir siendo posible, pero solo después de esa fecha. |
| 20 de noviembre de 2026 | 12 de diciembre de 2026 | Esta fecha cae a seis días del fin de la orden, salvo levantamiento anticipado. |
Fuente: CDC, orden firmada del CDC (definición del cómputo de los 21 días), consultado el 7 de noviembre de 2026. Las fechas de embarque se calculan a partir de este cómputo.
Qué cuenta como presencia en la RDC
- Una estancia, un paso o un trayecto en avión por la RDC. Cualquier presencia física cuenta, incluido un paso por vía aérea, terrestre o marítima.
- Una escala en un aeropuerto congoleño. Cuenta aunque permanezca a bordo y no baje del avión, según el anexo A del formulario CDC 367886-A.
- Un sobrevuelo sin aterrizaje. No cuenta como presencia, según el mismo formulario.
Para los viajes por tierra o por mar, la orden no se aplica: solo se refiere al transporte aéreo con destino a Estados Unidos.
Cuándo se aplica la regla, y hasta cuándo
La fecha de entrada en vigor y la fecha de fin importan igual para un viaje ya reservado. La tabla recoge las fechas oficiales consultadas el 7 de noviembre de 2026.
| Fecha y hora | Qué ocurre | Fuente |
|---|---|---|
| 22 de octubre de 2026 | Firma de la orden inicial | Aviso federal 2026-21828 |
| 28 de octubre de 2026 | Orden modificada firmada: «passenger» pasa a ser «person», tripulaciones incluidas | Aviso federal 2026-22211 |
| 30 de octubre de 2026 | Publicación del aviso modificado en el Federal Register | Federal Register |
| 3 de noviembre de 2026, 23:59 EST | Entrada en vigor para los vuelos que despeguen a partir de ese instante | Orden firmada; aviso 2026-22211 |
| 4 de noviembre de 2026, 5:59 (Madrid) | Equivalente horario en España (cálculo) | Cálculo a partir de la hora EST |
| 18 de diciembre de 2026, 23:59 EST | Fin de la orden, salvo levantamiento o modificación anticipados | Aviso 2026-22211 (resumen); orden (fecha) |
Fuentes: CDC, orden firmada y Federal Register, aviso 2026-22211, consultados el 7 de noviembre de 2026. La conversión a hora de Madrid es un cálculo: Estados Unidos había vuelto a la hora de invierno el 1 de noviembre.
La hora de fin, 23:59 EST el 18 de diciembre, figura en el resumen del aviso federal. El texto firmado de la orden solo indica la fecha. La orden prevé que siga en vigor hasta su levantamiento o modificación, o hasta el 18 de diciembre de 2026, según cuál de estas fechas llegue primero. No se anunciaba ninguna prórroga ni modificación al 7 de noviembre de 2026.
Qué hacer, paso a paso
Para un viaje previsto en las próximas semanas bastan cuatro gestos. Se hacen antes de la fecha del vuelo, no la misma mañana en el mostrador.
- Revise su itinerario. ¿Su vuelo aterriza en Estados Unidos, incluso en una conexión hacia un tercer país? Si es así, la declaración le afecta.
- Calcule su presencia en la RDC. Si estuvo o transitó por la RDC en los últimos 21 días, consulte la tabla del cómputo y compruebe su primer día posible de embarque.
- Prepare el formulario. Consulte la página de su aerolínea entre 24 y 48 horas antes de la salida para saber si lo ofrece en línea. Si no, preséntese en el mostrador con la versión del formulario que ha leído.
- Guarde una copia. Una copia en papel o un PDF guardado en el móvil le evitará buscar el documento en el aeropuerto.
El formulario se suma a la documentación habitual de entrada. Si su billete incluye una conexión, revise el detalle del itinerario: es la conexión, no solo el destino final, lo que activa la declaración.
Según su perfil
- Familia. Un padre, una madre, un tutor o un representante autorizado puede firmar por un menor, según Africanews (4 de noviembre de 2026). Un extracto de Milesopedia indica además que una declaración única para toda la familia no basta.
- Viajero de negocios o tripulante. La orden modificada cubre a las tripulaciones, incluido el posicionamiento. Según la prensa, las solicitudes de exención de las aerolíneas para las tripulaciones no prosperaron en la orden firmada el 28 de octubre de 2026.
- Viaje con escala en Estados Unidos. La regla alcanza la conexión aunque no salga del aeropuerto de tránsito. Revise el detalle del billete, no solo el destino final.
- Viajero procedente de Uganda o Sudán del Sur. La declaración solo afecta a la RDC. Pero otra medida, la prohibición de entrada, puede concernirle: tiene una sección más abajo.
Denegación de embarque: lo que dicen los textos

Una aerolínea puede denegarle el embarque
La orden pide a las aerolíneas que impidan el embarque de toda persona que no tenga una declaración firmada. La denegación depende, por tanto, de la aerolínea.
En cambio, ningún texto consultado prevé reembolso ni indemnización específica por una denegación ligada a la declaración. Las reglas generales del Departamento de Transporte de Estados Unidos (DOT) sobre reembolso en caso de cancelación existen, pero ningún texto consultado confirma que cubran este caso concreto.
Si le deniegan el embarque, pida por escrito a la aerolínea el motivo de la denegación y las opciones de reencaminamiento o reembolso. Guarde constancia de estos intercambios.
No confundir con la prohibición de entrada
Un segundo texto del CDC, distinto de la declaración, impide la entrada en Estados Unidos a algunas personas que han estado recientemente en la RDC, en Uganda o en Sudán del Sur: en el caso de la RDC, incluidos los ciudadanos estadounidenses; en el de Uganda y Sudán del Sur, los no ciudadanos, incluidos los titulares de tarjeta verde. Las dos medidas se solapan en el caso de la RDC, pero no tienen el mismo objeto.
| Medida | A quién afecta | Qué cambia para usted | Fuente |
|---|---|---|---|
| Declaración de no presencia (orden modificada del 28 de octubre de 2026) | Toda persona que embarca en un vuelo con destino a Estados Unidos | Firmarla antes del embarque, sea cual sea su nacionalidad | CDC, orden firmada |
| Prohibición de entrada (orden distinta, renovada por periodos de 30 días según resúmenes secundarios) | Presentes en los 21 días previos a la llegada: en la RDC, ciudadanos estadounidenses incluidos; en Uganda y Sudán del Sur, no ciudadanos, incluidos los titulares de tarjeta verde | No le afecta si no ha estado en ninguno de esos países | CDC, página «returning travelers» (actualizada el 30 de octubre de 2026) |
Fuente: CDC, página returning travelers, consultada el 7 de noviembre de 2026. La duración de las renovaciones procede de resúmenes secundarios, no verificados en el texto oficial.
Para la RDC, la página oficial precisa que los ciudadanos y nacionales estadounidenses presentes en el país en los 21 días previos no pueden embarcar rumbo a Estados Unidos. Para Uganda y Sudán del Sur, afecta a los no ciudadanos estadounidenses, incluidos los titulares de tarjeta verde. Los ciudadanos estadounidenses que lleguen desde estos dos países deben pasar por aeropuertos designados, como Dulles, Atlanta o JFK, para un control sanitario. Un resumen secundario afirma, en cambio, que los ciudadanos estadounidenses están exentos: prevalece la página oficial.
Resúmenes secundarios (EIG, Fragomen) indican una renovación de esta prohibición hasta el 10 de noviembre de 2026, tras una última renovación el 11 de octubre. Este punto no está verificado en un texto primario. Un viaje previsto para mediados de noviembre cae, por tanto, en un plazo distinto del de la declaración.
Lo que sigue incierto al 7 de noviembre de 2026
- Un levantamiento o una prórroga. No se anunciaba nada al 7 de noviembre de 2026. El texto prevé una revisión según la evolución de la epidemia.
- El punto de partida de los 42 días de conservación. Los documentos del CDC no coinciden: la orden y el aviso cuentan desde la salida, y las instrucciones técnicas, desde la llegada.
- El texto del aviso del DOT que recoge la prensa. No hemos encontrado este texto en el Federal Register ni hemos podido consultarlo. Solo la prensa habla de él: señal no verificada.
- La práctica de las aerolíneas. Una nota sindical recogida por la prensa describe, en una aerolínea estadounidense, una declaración verbal al comandante para la tripulación. El CDC no la ha confirmado.
- La protección de datos. Un comentario jurídico considera que los 42 días de conservación chocan con el RGPD. Es una opinión aislada, sin posición de autoridad.
Lo que no dicen otras guías
Cuatro puntos, extraídos de los textos del CDC y del Federal Register, faltan o son inexactos en las guías que hemos podido consultar, algunas solo en extracto.
- El formulario también existe en francés, según la lista del CDC. La página del CDC menciona una versión FR-AF publicada en noviembre de 2026, junto al inglés y el español; no hemos abierto ese archivo. Un extracto de Milesopedia afirma lo contrario. El texto jurídico de referencia sigue siendo el inglés, según la página attestation-order del CDC (consultada el 7 de noviembre de 2026).
- Las tripulaciones están incluidas, incluso en posicionamiento. El aviso modificado sustituye «passenger» por «person» para que los miembros de la tripulación también estén cubiertos, incluido el «deadhead», según el Federal Register, aviso 2026-22211 (consultado el 7 de noviembre de 2026).
- Es usted quien marca la casilla. El personal de la aerolínea puede ayudar a introducir los datos, pero no firma en lugar del viajero. El representante autorizado marca una casilla distinta, según el formulario CDC 367886-A (consultado el 7 de noviembre de 2026).
- El punto de partida de los 42 días es discutido por el propio CDC. La orden cuenta los 42 días desde la salida del vuelo; las instrucciones técnicas, desde la llegada. Quédese con la duración mínima, «al menos 42 días», según la página attestation-order del CDC (consultada el 7 de noviembre de 2026).
Lo que la declaración no cambia
La declaración se suma a los documentos de entrada, no los sustituye. El texto de la orden no menciona la ESTA; las guías consultadas coinciden en este punto.
Ni la orden ni el formulario prevén examen ni prueba de detección.
El texto consultado no prevé ningún gasto ligado a la declaración. Los gastos habituales del viaje siguen siendo los mismos.
La aerolínea guarda una copia de la declaración durante al menos 42 días y la transmite al gobierno estadounidense si se le solicita.
Preguntas frecuentes
¿Hay que firmar la declaración si salgo de Madrid sin haber estado en África?
Sí. La obligación afecta a toda persona que embarca en un vuelo con destino a Estados Unidos, sea cual sea su nacionalidad e itinerario. La orden no prevé ninguna excepción para los viajeros que no han estado en África. No afecta a un vuelo que no aterriza en Estados Unidos, según la orden firmada del CDC.
¿Hasta cuándo es obligatoria la declaración?
Hasta el 18 de diciembre de 2026 a las 23:59, hora del Este, como máximo, según el resumen de el aviso federal 2026-22211. Puede terminar antes, por levantamiento o modificación del CDC, según la evolución de la epidemia. No se anunciaba ninguna prórroga ni levantamiento al 7 de noviembre de 2026, fecha de nuestra verificación.
¿Y si estuve en la RDC hace 15 días?
No puede embarcar rumbo a Estados Unidos antes del día 22, contado desde su día de salida de la RDC. Quince días después de esa salida, el embarque sigue bloqueado durante una semana más. Una escala en la que permaneció a bordo en un aeropuerto congoleño también cuenta como presencia, según el anexo A del formulario CDC 367886-A.
Si mi vuelo pasa por Nueva York para ir a México, ¿tengo que firmar?
Sí. El aviso federal 2026-22211 se refiere expresamente a las personas que transitan por Estados Unidos en ruta hacia otro país. Si su billete prevé una conexión en Nueva York, la declaración se aplica a ese vuelo, aunque su destino final sea Ciudad de México.
¿Mi vuelo Madrid-Montreal está afectado?
No, si el avión no aterriza en Estados Unidos. Los sobrevuelos sin aterrizaje quedan excluidos por el aviso federal 2026-22211. En cambio, si el mismo billete prevé una conexión en un aeropuerto estadounidense, la regla se aplica a ese tramo.
¿Puedo firmar por mi hijo?
Sí. Un padre, una madre, un tutor o un representante autorizado puede firmar por un menor, según Africanews (4 de noviembre de 2026). Un extracto de Milesopedia indica que cada persona debe tener su propia declaración; el formulario prevé, por cierto, una opción «on behalf of» (Attachment A).
¿Existe el formulario en francés?
Sí, según la lista del CDC: la página attestation-order, consultada el 7 de noviembre de 2026, menciona una versión FR-AF publicada en noviembre de 2026, junto al inglés y el español. No hemos abierto ese archivo. El texto jurídico de referencia sigue siendo el inglés: en caso de duda, es el que prevalece.
¿La declaración sustituye a la ESTA?
No. Se suma a los documentos de entrada, ESTA o visado. El texto de la orden no trata de la ESTA: este punto se basa en las guías consultadas, que coinciden. Verifique su autorización de entrada antes de salir, como haría para cualquier vuelo a Estados Unidos.
¿Puede la aerolínea denegarme el embarque?
Sí, si la declaración no está firmada: la orden pide a las aerolíneas que impidan el embarque en ese caso. Ningún texto consultado prevé indemnización específica por esta denegación. Pida a la aerolínea un motivo por escrito y las opciones de reencaminamiento.
¿Hay que prever alguna prueba o algún gasto?
No. Ni la orden ni el formulario prevén examen, prueba de detección ni gastos específicos para la declaración. El formulario es un documento que se firma, no un trámite médico. Los gastos habituales de su billete y de sus trámites de viaje no cambian.
¿Se conservan mis datos?
La aerolínea conserva una copia de la declaración durante al menos 42 días, según el CDC. El punto de partida de este plazo es discutido entre la orden, que cuenta desde la salida, y las instrucciones técnicas, que cuentan desde la llegada. Quédese, por tanto, con la duración mínima.
Fuentes
- CDC, orden firmada (PDF) : texto de la orden, fecha de fin, cómputo de los 21 días, conservación de 42 días.
- CDC, página attestation-order : obligación, fechas, versiones del formulario.
- CDC, formulario 367886-A (PDF) : título, casillas, mención OMB, anexo A sobre la presencia en la RDC, advertencia 18 U.S.C. 1001.
- CDC, returning travelers : prohibición de entrada distinta, aeropuertos designados.
- Federal Register, aviso 2026-22211 : versión modificada de la orden, entrada en vigor, fin, tripulaciones.
- Africanews, 4 de noviembre de 2026 : prensa, menores representados.
Fuentes consultadas el 7 de noviembre de 2026. Milesopedia solo se ha leído en extracto. Los puntos señalados «según la prensa» no se basan en un texto oficial leído.

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Cómo firmar, y en qué idioma
El documento a firmar es el formulario CDC 367886-A, titulado «Traveler Disclosure and Attestation». Se rellena en papel o en formato digital, incluida la firma electrónica. El viajero marca una sola casilla: declara por sí mismo o en nombre de una persona de la que es representante autorizado.
El formulario recuerda que una declaración falsa expone a acciones penales (18 U.S.C. 1001): el firmante declara haber respondido con sinceridad, «responded truthfully». No firme, por tanto, en nombre de otra persona sin conocer sus respuestas.
Fuente: CDC, página attestation-order, consultada el 7 de noviembre de 2026. Las versiones francesa y española figuran en la página del CDC; sus archivos no se han abierto. En caso de duda, prevalece el inglés.
La aerolínea elige el canal. Puede ofrecer el formulario al facturar en línea, en su aplicación o en el mostrador. Varias guías aconsejan guardar una copia en papel: es una precaución razonable, no una exigencia del texto.